Por
David Figueroa Díaz
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03/08/2019
Mi artículo publicado en este importante medio de comunicación (sábado 20 de julio de 2019) recibió agradables comentarios e inquietudes de parte de algunos amigos a los que de manera regular les hago llegar mis publicaciones sobre asuntos lingüísticos.
Muchos de esos comentarios, como los de José Duque, Pedro Chapón y Ricardo Galindo, aparte de comprometerme aún más en esta tarea iniciada hace ya más de veinte años, me facilitan el trabajo de selección del material por publicar.
Desde siempre el profesor Duque, a quien no conozco en lo personal, ha sido un consecuente lector al que le agradezco las recomendaciones y sugerencias que suele enviarme. Es profesor de la Universidad de Carabobo y acucioso investigador sobre los misterios del lenguaje oral y escrito. De él he asimilado innumerables lecciones que me han sido sumamente útiles para adquirir madurez y manejo relativo, indispensables en esto de comentar sobre las impropiedades lingüísticas.
Chapón siempre me plantea inquietudes, pues en su profesión de jurista a cada rato se encuentra con situaciones que le causan dudas. Y Galindo, gran lector, fino escritor y fiel cultivador de la amistad popular, también ha hecho su aporte. He citado sus nombres porque ellos expresaron su parecer sobre lo que escribí de la frase “con motivo a”, atril, púlpito, maestro de ceremonia, orador de orden y “quórum reglamentario”.
Ricardo me sugirió ampliar lo de maestro de ceremonia y orador de orden, Pedro expresó su parecer sobre el adjetivo “irreglamentario” y la frase “quórum reglamentario”; en tanto que José argumentó el posible origen del mal uso de la preposición “a” en la frase “con motivo a”, además de que comparte el criterio de Chapón sobre “quórum reglamentario”. Los tres motivaron este artículo, que es continuación del anterior.
Maestro de ceremonia, por lo menos en Venezuela, es la persona encargada de conducir el ceremonial en una actividad, por lo general pública, en la que cada parte es y debe ser anunciada antes de ser ejecutada, como en un acto de grado, de condecoraciones, paradas militares, bodas u otro evento similar. Por otro lado, es prudente aclarar que orador de orden es quien pronuncia un discurso en los cuerpos colegiados, como Asamblea Nacional, consejos legislativos estadales, concejos municipales y otras entidades, no necesariamente gubernamentales.
Ahora, hay personas, profesionales inclusive, que no saben quién es quién, y por eso, al maestro de ceremonia lo llaman orador de orden, y a este, maestro de ceremonia. Es una confusión que se ha hecho muy frecuente, y por eso no está ni estará demás hacer la aclaración en virtud de que se tome conciencia sobre la importancia de llamar las cosas por su nombre.
Respecto de la opinión de Pedro Chapón sobre la palabra irreglamentario, debo decirle que aunque no aparezca en el registro lexical de la RAE, no hay error al usarla, pues se aplica el mismo criterio para con irresponsable, cuyo antónimo es responsable. Debe quedar claro que la docta institución no es un tribunal que determina cuál palabra usar y cuál no. Su función es meramente de registro, y si “irreglamentario” y su correspondiente femenino no están registradas, es porque su uso no se ha extendido.
En cuanto a quórum, ratifico que es una mala costumbre añadirle el adjetivo reglamentario, como si existiera uno que no es reglamentario. El quórum es una condición sine qua non, y siempre será uno solo. Lo que varía es la forma en que este pueda verificarse y aceptarse: mayoría simple o mayoría calificada, dependiendo del reglamento que se haya adoptado para tal fin.
Para cerrar el capítulo sobre algunos términos de la jerga protocolaria, no debo dejar pasar inadvertidas las secciones solemnes, como una modalidad de las que establece el reglamento de funcionamiento de algunos cuerpos colegiados, especialmente gubernamentales.
Las sesiones, hasta donde tengo conocimientos, son y pueden ser ordinarias, extraordinarias y especiales, con el entendido que las dos primeras son del trabajo cotidiano, en tanto que las especiales están destinadas a la conmemoración de fechas patrias o un acontecimiento que sea merecedor de honores.
Sin embargo, en algunas corporaciones, además de las especiales, existen las solemnes, con lo cual no estoy de acuerdo. Y no es que no puedan existir sesiones solemnes; pero la solemnidad de una sesión, eso que quede muy claro, no la determina un reglamento.
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